El monto que se debe descontar de la remuneración mensual de cada trabajador corresponde al 7% del monto imponible, con un tope de 4.2 UF
Desde diciembre de 1999, Fonasa tiene las facultades para fiscalizar las cotizaciones de salud los afiliados dependientes, asegurando el correcto y oportuno pago de estas (LEY Nº 19.650).
De esta forma sus fiscalizadores tienen iguales facultades a las que poseen los fiscalizadores de la Dirección del Trabajo, como son: Examinar la documentación laboral, Revisar los libros de contabilidad, Entrevistar a los trabajadores, Citar a los empleadores, etc. FONASA desde el año 2001 ha venido fiscalizando a los empleadores a lo largo del país.
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