jueves, 5 de agosto de 2010

Convenios Internacionales



En el marco de las políticas gubernamentales y de Seguridad Social, como es de proteger a los ciudadanos en paso temporal o permanente en nuestro país, algunos países europeos y latinoamericanos han acordado establecer convenios recíprocos de previsión social, con el objeto de facilitar el acceso de sus ciudadanos a prestaciones y beneficios de salud.

En este contexto, Chile ha celebrado distintos convenios con países de Europa y América Latina, que abordan situaciones de previsión social y sanitarias, siendo Fonasa la institución de enlace para estas materias. Producto de la celebración de estos convenios internacionales, surgen dos situaciones que deben ser acreditadas como siguen, según sea el caso:

•Ciudadano español, debe presentar un "Certificado de Estancia en Chile", ya sea temporal o habitual (ECH-09 o ECH-11) otorgado por la Dirección Provincial del Instituto Nacional de Seguridad Social de la ciudad en que reside el ciudadano, donde consten todos los datos de la persona y de su grupo familiar y el período de estadía, dato que dará vigencia a la Credencial. En el caso de estadía habitual o indefinida, la vigencia será de 2 años, renovable.

•Otros extranjeros con convenio, estas personas deben cotizar para tener derecho a la credencial de salud, para lo cual deben presentar el formulario Autorización a Cotizar para prestación de salud en Chile a Titular de Pensión otorgada en el Extranjero, donde conste la visación por parte de la Superintendencia de Seguridad Social y el cálculo del monto del 7% que deberá cotizar mensualmente. La credencial de salud en este caso tendrá una vigencia de 1 año, siempre que se cotice regularmente.

En general a todos los extranjeros a los que se le otorgue credencial de salud serán clasificados en el tramo D, por lo cual tendrán acceso a adquirir órdenes de atención y programas médicos, previa presentación de la credencial y copago respectivo, cuando acceden a la Modalidad libre Elección o presentar su credencial cuando soliciten atención en consultorios u hospitales del sistema nacional de servicios de salud.

Convenio Refugiados


¿Qué es el Convenio para Refugiados?

Es un acuerdo realizado entre el Ministerio del Interior y FONASA, para otorgar protección en salud a todos los ciudadanos extranjeros que se encuentren en nuestro país en condición de Refugiados.

¿Quiénes pueden acceder?

Todos aquellos extranjeros que hayan solicitado en el Ministerio del Interior (Depto. de Extranjería), su calificación como Refugiados. Para ésto, deben tener su resolución en trámite o ya contar con la calidad de Refugiados.

¿Cuál es el procedimiento que debe seguir?

1. Debe acercarse al Depto. de Extranjería (Agustinas 1235- Piso 2, fonos 5502485 - 5502486 ó 5502488), del Ministerio del Interior, y solicitar ser calificado como Refugiado en nuestro país.

2. Luego, cuando dicho Ministerio informe que:
a. Su solicitud se encuentra en trámite, y le otorgue el número de identificación interno informado por FONASA, o
b. Su solicitud fue aceptada, y ya es considerado Refugiado, indicando el número de cédula de identidad de extranjero (otorgado por el Servicio de Registro Civil e Identificación).


3. Finalmente, debe dirigirse a cualquier Sucursal FONASA para ser acreditado como beneficiario, y recibir protección en Salud. Dependiendo de su situación laboral y/o familiar, puede ser clasificado como Beneficiario Cotizante (Tramos B, C o D), Carga de asignación familiar, Carente de Recursos (Tramo A), entre otras.

OBSERVACION
En caso de estar ya calificado como Refugiado, y requerir información, debe concurrir a Agustinas 1235- Piso 4- fonos 5502408 ó 5502407.
En caso de que corresponda su clasificación como Carente de Recursos, también puede dirigirse a cualquier establecimiento de Salud Público habilitado para estos efectos, y solicitarla.

¿Cuál es la documentación que debe presentar?
1. Para acreditar su identidad es necesaria la siguiente documentación:
a. Pasaporte o documento de identificación y / o Certificado de solicitud de Refugio en trámite emitido por el Departamento de Extranjería del Ministerio del Interior
b. Documento de Identificación emitido por el Departamento de Extranjería del Ministerio de Interior donde se acredita el número identificación interno que le fue asignado, si corresponde a un solicitante de refugio en trámite.

Para ser acreditados como beneficiarios del Sistema Público de Salud, deberán presentar la misma documentación exigida a los chilenos, dependiendo de su condición laboral y/o familiar (cotizante, carga de asignación familiar, independiente, pensionado, Carente de Recursos, entre otras según corresponda).


¿Cuáles son los beneficios?


Al tener la calidad de beneficiario de FONASA, tendrá total protección en salud, según corresponda a su situación:
- Si es acreditado en Tramo A, como Carente de Recursos, tendrá acceso gratuito a las atenciones de salud en el Sistema Público.
- Si es acreditado en Tramo B, como Cotizante, tiene acceso gratuito a la atenciones de salud en el sistema público; y, podrá comprar bonos para atenderse con Profesionales o Instituciones privadas de salud.
- Si es acreditado en Tramo C o D, como Cotizante, deberá cancelar según dicho Tramo las atenciones de salud en el sistema público; y, podrá comprar bonos para atenderse con Profesionales o Instituciones privadas de salud.
- Además, puede obtener la credencial de Salud que acredita su pertenencia a FONASA.

OBSERVACION
El beneficiario, permanecerá como tal en FONASA mientras:
- Dure la validez de la calidad de solicitante de Refugio, fecha informada por el Departamento de Extranjería.
- Se encuentre vigente su calidad de Refugiado, fecha informada por el Departamento de Extranjería.

PRAIS



Programa de Reparación y Ayuda Integral en Salud y Derechos

Las personas incluidas en dicho Programa son las reconocidas como víctimas de la represión política del Régimen Militar, por la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación o la Corporación Nacional de Reparación y Reconciliación, según lo estipula la Ley Nº 19.123. Además, son beneficiarios también la cónyuge sobreviviente, madre o padre (en caso que la madre falte), la madre de hijos naturales, hermanos y los hijos menores de 25 años o discapacitados de cualquier edad.

¿Cómo ingresa a FONASA?
A través de un archivo que la Comisión o Corporación hace llegar al Fonasa, se incorpora la información en la base de beneficiarios. Así, ellos tendrán acceso a la gratuidad en Salud.

¿Cómo acceden a la atención?
Los beneficiarios, tendrán derecho a recibir gratuitamente las prestaciones médicas en los establecimientos públicos (Modalidad Institucional), en consultorios de atención primaria, hospitales públicos y servicios de urgencia.

Si además, estos beneficiarios tienen un trabajo como dependiente o reciben una pensión previsional y, por tanto, están cotizando el 7% para salud, tendrán acceso a la Modalidad de Libre Elección, pudiendo escoger al prestador en convenio con FONASA y pagar su atención de salud con Bonos.

Pensiones Asistenciales (PASIS)


Pensiones Asistenciales de Invalidez y Ancianidad

Estas pensiones son otorgadas por las Intendencias Regionales, a través de los Municipios, a las personas inválidas mayores de 18 años y a las personas mayores de 65 años que carezcan de recursos. Para acceder al Plan de beneficios, solo deben presentar carnet de identidad, credencial de salud otorgada por FONASA o el último comprobante de pago de sus Pensión asistencial, ante el Establecimiento Asistencial.

Nota: Se considerará inválido al mayor de 18 años de edad que en forma presumiblemente permanente esté incapacitado para desempeñar una trabajo normal o que haya sufrido una disminución de su capacidad de trabajo, de manera que no esté en condiciones de procurarse lo necesario para su subsistencia y, que no tenga derecho a percibir una pensión derivada de accidente del trabajo o de otro sistema de seguridad social. La declaración de invalidez procederá efectuarla el Servicio de Salud que corresponda, en la forma que determine el reglamento.

Subsidio Único Familiar (SUF)


Este subsidio es entregado por las Municipalidades a los menores de 18 años de edad, a la mujer embarazada y a los causantes discapacitados mentales de cualquier edad, que no perciban una PASIS. En todos estos casos se debe acreditar que estos causantes vivan a expensas del beneficiario y que participen, cuando proceda, en los programas de salud establecidos por el Ministerio de Salud para la atención infantil y que no disfruten de una renta igual o superior al monto del subsidio, cualquiera sea su origen o procedencia. Este beneficio debe ser solicitado por los beneficiarios en la municipalidad que le corresponde de acuerdo con su domicilio, debiendo cumplir con los requisitos que establece la ley vigente para estos efectos.

¿Cómo ingresa a FONASA?
Las personas en goce de un Subsidio Único Familiar (SUF) son acreditadas y registradas en la Base de Datos de FONASA, automáticamente, de acuerdo a información proporcionada mensualmente por el INP. Si ésto no ocurriera, el beneficiario debería acreditar tal condición, presentando ante cualquier sucursal de FONASA el comprobante de pago de la pensión.

¿Cómo accede a los Beneficios de FONASA?
Los beneficiarios de Subsidio Único Familiar, acceden a los beneficios de FONASA presentando la credencial de salud otorgada por Fonasa o la colilla del pago del subsidio ante el establecimiento Asistencial.


Nota: En la Modalidad Institucional, las atenciones de salud son otorgadas por los hospitales y consultorios de especialidades públicos, y consultorios de atención primaria municipalizada. La cobertura es del 100% en todas las atenciones de salud, es decir, estos grupos tienen atención gratuita en el sistema público.

Beneficiarios

•Trabajadores Dependientes
•Trabajadores Independientes
•Trabajador Cesante
•Pensionados

Son además, beneficiarios no cotizantes de FONASA:

•Las cargas familiares de los cotizantes, que cumplan con los requisitos de la Ley (DFL 150).
•Beneficiarios de Pensiones Asistenciales de invalidez y ancianidad.
•Personas con deficiencia mental a que se refiere la Ley 18.020, cualquiera sea su edad, siempre que no sea causante de subsidio familiar.
•La mujer embarazada, que no tiene previsión, hasta el sexto mes del nacimiento del hijo.
•Causantes del subsidio único familiar.
•Personas carentes de recursos (indigentes)

Otros Beneficios


Dirigentes Vecinales
Todos los dirigentes de Juntas de Vecinos (beneficiarios de FONASA), que cumplan labores como Presidente, Secretario, Tesorero, 1º y 2º Director, y que se encuentren inscritos en la Municipalidad correspondiente pueden solicitar a este beneficio el cual permite postular de manera preferente a la “renegociación” de deudas que el propio beneficiario mantenga con el Sistema Público de Salud, correspondiente a hospitalizaciones.
Este beneficio puede ser solicitado por el propio dirigente a contar del mes siguiente de su inscripción en el Sistema de Registro de Dirigentes Vecinales; y será válido hasta que finalice el período para el cual fue electo el Dirigente.

Requisitos:
•Ser beneficiario de FONASA
•Ser dirigente de una Junta de Vecinos
•Estar en ejercicio de su cargo
•Estar inscrito en el registro de dirigentes vecinales de la División de Organizaciones Sociales ( D.O.S )
•Que su organización se encuentre con personalidad jurídica vigente

Exámen de salud preventivo
Este beneficio es 100% gratuito para ti y los integrantes de tu hogar, pertenecientes a Fonasa.
El Exámen de Medicina Preventiva es un plan de evaluación periódica de salud, de carácter voluntario y gratuito, aplicable a todas las personas que generalmente no presentan síntomas de enfermedad. Forma parte del Régimen de Garantías Explícitas en Salud (AUGE) y consiste en pesquisar tempranamente enfermedades o condiciones prevenibles o controlables, y reducir con ello la morbilidad y mortalidad asociadas a ellas.

Intervención Quirúrgica Garantizada en 3 Meses
El beneficiario ingresa a este Programa, desde el momento que el médico del hospital le indica alguna de las intervenciones quirúrgicas incluidas en el Programa, donde FONASA le garantiza un plazo no superior a tres meses para su realización.

En el caso de un diagnóstico de cáncer en que se indique intervención quirúrgica, ésta debe realizarse en un plazo no superior a 30 días.



Seguro Catastrófico de Salud
Cubre un grupo de las llamadas enfermedades catastróficas, las que se caracterizan por poner en riesgo la vida y de ser de alto costo.
Podrán ingresar al Seguro Catastrófico todos los beneficiarios de Fonasa, cualquiera sea su tramo de ingreso (A, B, C o D) y que se atiendan a través de la Modalidad de Atención Institucional, es decir, principalmente en los establecimientos hospitalarios del sector público de salud.
Fonasa bonifica el 100% de la hospitalización, exámenes, procedimientos y todas las prestaciones asociadas a las intervenciones quirúrgicas incluidas en el Seguro Catastrófico.
El Seguro Catastrófico NO opera en el caso que el beneficiario opte por atenderse en la Modalidad de Libre Elección



Beneficios Programa Adulto Mayor - Modalidad Atención Institucional
Todas las atenciones de salud que reciba en la Modalidad Institucional serán totalmente gratuitas para todos los beneficiarios de 60 años o más.

Para acceder a los beneficios que se otorgan a través de la Modalidad Institucional, los beneficiarios mayores de 60 años -independiente del grupo en que se encuentren clasificados (grupos A, B, C o D)-deben concurrir al consultorio de su comuna, desde donde serán derivados al hospital si el médico lo indica. Los beneficios a los que pueden acceder son entre otros, los siguientes: entrega de órtesis y prótesis, atención oportuna para cirugías electivas y bonificación 100% para atenciones de salud de alto costo.

Beneficios


Para aquellos beneficiarios que destinen el 7% de su remuneración imponible para salud en FONASA podrán acceder a los beneficios que ofrece la Institución, donde tendrán la posibilidad de atenderse en cualquiera de las modalidades de atención.

Institucional: consultorios de atención primaria, servicios de urgencia y hospitales públicos

Libre Elección: médicos, kinesiólogos, matronas, enfermeras, clínicas y hospitales privados, centros médicos, de imagenología y laboratorios clínicos, entre otros, siempre que estén en convenio con Fonasa.

Atención Médica y Dental
Al inscribirte en cualquier consultorio de atención primaria o centro de salud familiar tendrás acceso a las siguientes atenciones, entre otras:
•Consulta por enfermedad de algún miembro de la familia
•Control del niño sano
•Control pre y post natal de la embarazada
•Control de salud preventivo del adulto y adulto mayor
•Control de enfermos crónicos
•Control ginecológico y climaterio
•Exámenes básicos
•Atención dental básica y preventiva
•Medicamentos contenidos en el arsenal farmacológico básico del consultorio
•Programas de vacunación y de alimentación

Examen y Consulta a Especialista

Si te fue indicado un examen o consulta a especialista en el consultorio de Atención Primaria, el Centro de Referencia de Salud, el Centro de Diagnóstico Terapéutico o el Hospital puedes pedir tu atención en el mismo establecimiento y atenderte bajo la modalidad de Atención Institucional (pago de acuerdo a grupo de ingreso)
Si te derivan a otro establecimiento se debe solicitar la orden de interconsulta por escrito.
También puedes atenderte bajo la Modalidad de Libre Elección con el profesional o institución en convenio de tu preferencia.


Hospitalización y Procedimiento de Diagnóstico o Terapéutico

Si la intervención quirúrgica o procedimiento fue indicado por un médico en un establecimiento de salud público puedes realizártela en el mismo establecimiento bajo la modalidad de Atención Institucional o Bajo la Modalidad de Libre Elección en el establecimiento de tu preferencia.
Si la intervención o procedimiento se encuentra considerada dentro del Seguro Catastrófico de FONASA, ésta es completamente gratuita para todos los beneficiarios, independiente de su grupo de ingreso.

Atención de Urgencia

Puedes dirigirte a cualquier servicio de Urgencia de un Hospital Público donde podrá recibir atención de urgencia durante las 24 horas del día, o a un Servicio de Atención Primaria de Urgencia (SAPU), donde el horario de atención es generalmente entre las 18:00 y las 08:00 horas.
Para las atenciones calificadas como emergencia por un médico cirujano, esto es para aquellos problemas de salud que representen una amenaza a la vida del paciente, provocar una secuela funcional grave (ej: perdida completa o parcial de una extremidad o su funcionalidad), puedes solicitar atención en cualquier Servicio de Urgencia Público o Privado, donde deberán atenderte sin condición de entrega de un cheque en garantía o dinero en efectivo.

Beneficios y Modalidades

Para acceder a las atenciones de salud que FONASA ofrece a sus beneficiarios, existen dos modalidad de atención, la Modalidad de Atención Institucional y la Modalidad de Libre Elección.

Modalidad de Atención Institucional
Son las atenciones de salud entregadas en los establecimientos públicos de salud (consultorios, centros de referencia de salud -CRS-, centros de diagnóstico terapéutico –CDT- y hospitales públicos).

TODOS los beneficiarios pueden acceder a esta modalidad, eligiendo el Consultorio de Atención Primaria donde deseen atenderse. Una vez recibida la atención y de ser necesario, serán derivado al hospital que el médico le indique.

El valor que deberán pagar por la atención dependerá del grupo de ingreso en el que se encuentre clasificado el beneficiario:

Grupo A: Atención Gratuita.
Grupo B: Atención Gratuita.
Grupo C: Paga el 10% de la Atención.
Grupo D: Paga el 20% de la Atención.


Modalidad Libre Atención


Son aquellas entregadas por profesionales y establecimientos de salud privados y que hayan suscrito convenio con FONASA.

Sin embargo, los hospitales públicos también atienden bajo esta modalidad, cuando el beneficiario elige a su médico tratante y/o desea ser hospitalizado en sala de pensionado o medio pensionado.

A esta modalidad de atención pueden acceder todos los beneficiarios de Fonasa clasificados en los grupos B,C y D.

La atención se paga con un Bono de Atención de Salud, cuyo valor depende del nivel de inscripción del profesional o establecimiento de salud donde se atienda, existiendo para ello tres niveles:1, 2 y 3, donde el nivel 1 es el más barato y el 3 el más caro.

Fiscalización

¿Qué debo hacer si tengo dudas respecto del pago de mis cotizaciones por parte de mi empleador?

Debo solicitar un certificado de Cotizaciones en cualquier sucursal de Fonasa o bien llamar al Call Center, fono 6003603000, de tal forma de solicitar que se verifique el pago de mis cotizaciones de salud.

¿Cuándo debo hacer una denuncia a FONASA por irregularidades con el descuento y/o pago de mis cotizaciones?

- Cuando el empleador no le ha efectuado la declaración y/o el pago mensual de sus cotizaciones de salud.
- Cuando el empleador le ha pagado cotizaciones de salud por un monto inferior al descontado en su correspondiente liquidación de sueldo.
- Cuando el empleador le ha pagado cotizaciones de salud por un monto inferior al legal.
- Cuando se tiene conocimiento de relaciones laborales ficticias, se debe solicitar investigar dichas relaciones entre trabajador y empleador, como cualquier otra situación irregular.

¿Cómo puedo hacer una DENUNCIA relativa a Cotizaciones de Salud?

Por medio del Servicio Telefónico Call Center 6003603000, o en cualquier Sucursal de FONASA, o a través del sitio Web (www.fonasa.cl).

Cotizaciones

El monto que se debe descontar de la remuneración mensual de cada trabajador corresponde al 7% del monto imponible, con un tope de 4.2 UF

Desde diciembre de 1999, Fonasa tiene las facultades para fiscalizar las cotizaciones de salud los afiliados dependientes, asegurando el correcto y oportuno pago de estas (LEY Nº 19.650).
De esta forma sus fiscalizadores tienen iguales facultades a las que poseen los fiscalizadores de la Dirección del Trabajo, como son: Examinar la documentación laboral, Revisar los libros de contabilidad, Entrevistar a los trabajadores, Citar a los empleadores, etc. FONASA desde el año 2001 ha venido fiscalizando a los empleadores a lo largo del país.

miércoles, 4 de agosto de 2010

Cuadro de Tramo según Ingreso, para Atención en Modalidad Institucional

Grupo A: Carentes de recursos o Indigentes

Grupo B: Ingreso Imponible Mensual menor o igual a $172.000

Grupo C: Ingreso Imponible Mensual Mayor a $172.000 y Menor o igual a $251.120, con más de 3 cargas familiares, pasará a Grupo B

Grupo D: Ingreso Imponible Mensual Mayor a $251.120, con más de 3 cargas familiares pasará a Grupo C

Formulario Afiliación FONASA

Descarga el formulario de afiliación a FONASA desde aquí

http://www.fonasa.cl/prontus_fonasa/site/artic/20041124/asocfile/formulario_cpocs.htm

¿Qué requisitos debes tener para postular y acreditar la condición de carencia de recursos?

Pueden postular todos los integrantes de un hogar, con o sin vínculos de parentesco, que comparten un mismo techo y un único presupuesto de alimentación.
Los integrantes que postulen no deben tener algún subsidio monetario estatal que le de derecho a atención de salud.

¿Qué hacer para postular y acreditar la condición de carencia de recursos?

•Acércate al establecimiento de salud donde te atiendes. Llena el formulario incorporando a los integrantes de tu hogar, que desde hoy incluye a todos quienes comparten contigo un mismo presupuesto para alimentación.
•Entrega el formulario para Postulación de Carencia de Recursos completo junto a tu carné de identidad. Debe ser firmado por todos los integrantes mayores de 18 años.
•Cuando entregues este formulario se procederá a la Clasificación automática. El sistema arrojará el resultado de quiénes de tu hogar califican
•A partir de este proceso FONASA te entregará tu nueva credencial de salud, que valida tus derechos y los de tu hogar como legítimos afiliados de FONASA, para que a través de este instrumento puedan hacer exigibles las garantías de salud que establece el AUGE.

¿Qué requisitos debe tener para afiliarse a FONASA por primera vez?

1.Trabajadores activos: Aquellas personas que desempeñan un trabajo para un empleador público o privado, bajo un vínculo de dependencia laboral o funcionaria y que cotizan en cualquier régimen legal de previsión.
Deben presentar:
a. Certificado para obtener credencial de salud debidamente llenado y firmado por su empleador y por el afiliado, completando la sección de detalle de cargas familiares si las hubiere.
b. Cédula de identidad del afiliado
c. Documento que acredite el derecho a asignación familiar de sus cargas, emitido por el INP, o Caja de Compensación respectiva.
d. Certificado de alumno regular para cargas mayores de 18 años y menores de 24 años.
e. Carta de desafiliación si estuvo afiliado él o alguna de sus cargas a una Isapre.
f. Poder notarial otorgado por el empleador (cuando la solicitud la realiza una tercera persona en representación de la empresa)
g. Cédula de identidad del tercero (cuando el trámite lo realiza otra persona en representación del afiliado).
h. Fotocopia de contrato de trabajo
i. Fotocopia de última planilla de pago de cotizaciones previsionales de AFP o INP.

2.Pensionados o pasivos: Aquellas personas que gozan de una pensión previsional de cualquier naturaleza, que cotizan el 7% de salud a FONASA, ya sea de vejez o antigüedad, montepío, orfandad o invalidez.

Deben presentar:
a. Certificado de Obtención de Credencial de Salud llenado y firmado por el afiliado y la entidad pagadora de la pensión si es Compañía de Seguros o AFP.
b. Cédula de identidad del afiliado
c. Ultima colilla de pago de pensión
d. Documento que acredite el derecho a asignación familiar de las nuevas cargas a incorporar, si las hubiere, emitido por el INP.
e. Carta de desafiliación si estuvo afiliado él o alguna de sus cargas a una Isapre.

3.Pensionados en trámite: Aquellas personas que están tramitando su pensión en el INP, Compañía de Seguros o AFP.

Deben presentar:
a. Certificado de Obtención de Credencial de Salud llenado y firmado por la entidad previsional
b. Cédula de identidad del afiliado
c. Documento que acredite la solicitud de pensión, aceptado por la entidad respectiva.
d. Documento que acredite el derecho a asignación familiar de las nuevas cargas a incorporar, si las hubiere, emitido por el INP.

4.Trabajador Independiente: Aquellas personas que desempeñan un trabajo en forma independiente y que efectúan sus cotizaciones del 7% de salud a Fonasa.

Deben presentar:
a. Certificado de Obtención de Credencial de Salud llenado y firmado por el afiliado
b. Cédula de identidad del afiliado
c. Run de todos los integrantes del grupo familiar
d. Certificado de alumno regular para cargas mayores de 18 años y menores de 24 años.
e. Libreta de matrimonio o Certificados de nacimiento o matrimonio, para acreditar cargas familiares.
f. Fotocopia de 6 pagos previsionales en un período de 12 meses.
g. Fotocopia de última planilla de cotización del 7% de salud para Fonasa al día.
h. Carta de desafiliación de Isapre si estuvo afiliado él o alguna de sus cargas a una Isapre.

5.Trabajadores con Subsidio de Cesantía: Son aquellos trabajadores que una vez finiquitados gocen de un subsidio de cesantía otorgado de acuerdo al DFL 150 de 1981.

Deben presentar:
a. Certificado de Obtención de Credencial de Salud llenado y firmado por el afiliado
b. Cédula de identidad del afiliado
c. Ultimo comprobante de pago del subsidio.
d. Documento que acredite el derecho a asignación familiar de las nuevas cargas a incorporar, si las hubiere, emitido por el INP.
e. Certificado de alumno regular para cargas mayores de 18 años y menores de 24 años.
f. Carta de desafiliación de Isapre si estuvo afiliado él o alguna de sus cargas a una Isapre.

6.Trabajadores acogidos al Seguro de desempleo: Aquellos trabajadores contratados a contar de Octubre del 2002, que tienen un Seguro Obligatorio, que consiste en una cuenta individual, donde tanto él como su empleador deberán cotizar mensualmente una fracción o porcentaje de su salario.

Deben presentar:
a. Certificado de Obtención de Credencial de Salud llenado y firmado por el afiliado
b. Cédula de identidad del afiliado
c. Ultimo comprobante de pago del seguro.
d. Documento que acredite el derecho a asignación familiar de las nuevas cargas a incorporar, si las hubiere, emitido por el INP.
e. Certificado de alumno regular para cargas mayores de 18 años y menores de 24 años.
f. Carta de desafiliación de Isapre si estuvo afiliado él o alguna de sus cargas a una Isapre.

Afiliación

La incorporación a FONASA como beneficiario del Sistema Público de Salud, se produce automáticamente cuando una persona, que no ha optado por afiliarse a alguna Isapre, adquiere la calidad de:
•Trabajador dependiente, incluidos los contratados por turnos o jornadas, obra o faena, que cotizan el 7% de su remuneración imponible para salud en FONASA.
•Trabajador independiente, que sea imponente del INP o de una AFP y destina el 7% de la remuneración imponible para salud en FONASA.
•Trabajador cesante, que reciba subsidio de cesantía otorgado por la municipalidad de la comuna.
•Personas que reciban algún tipo de pensión de algún sistema previsional y que destinan el 7% de su cotización de salud a FONASA.

Antecedentes Históricos de FONASA

FONASA, nace como continuador legal del Servicio Médico Nacional (SERMENA), el 3 de agosto de 1979, en el contexto de la reestructuración del Sector Público de Salud dispuesto por Decreto Ley Nº 2.763. En dicha oportunidad, se definieron tres funciones básicas a ser ejecutadas por los organismos de dicho sector:

Función Normativa: El Ministerio de Salud se haría cargo de la dictación de las políticas.

Función de Ejecutar: Los Servicios de Salud - 26 unidades geográficas a lo largo del país - se harían cargo de ejecutar dichas políticas a través de su red asistencial de hospitales, postas y consultorios públicos.

Función Financiera: FONASA estaría a cargo de restaurar y distribuir los recursos financieros. Adicionalmente, el Fondo estaría a cargo de administrar la Modalidad de Atención de la Libre Elección

martes, 3 de agosto de 2010

¿Qué es FONASA?


El Fondo Nacional de Salud, FONASA (RUT 61.603.000-0), es el organismo público encargado de otorgar cobertura de atención, tanto a las personas que cotizan el 7% de sus ingresos mensuales para la salud en FONASA, como a aquellas que, por carecer de recursos propios, financia el Estado a través de un aporte fiscal directo.

Asimismo FONASA da cobertura de salud a todos sus beneficiarios, sin exclusión alguna de edad, sexo, nivel de ingreso, número de cargas familiares legales y enfermedades preexistentes, bonificando total o parcialmente las prestaciones de salud que les son otorgadas por profesionales e instituciones del sector público y privado.